A través de un trabajo en conjunto con la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional (SEPYME), para generar nuevas herramientas destinadas al desarrollo emprendedor y empresario de los jóvenes, nos es importante señalar la resolución 414/2009 del Ministerio de Producción, publicado en el boletín oficial con fecha 08/10/2009 que debajo detallamos:
RESOLUCIÓN (Min. Producción) 414/2009
Regímenes Especiales. Programa de fomento financiero para jóvenes emprendedores. Se faculta a la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional a dictar normas complementarias
SUMARIO: Se faculta a la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción a dictar las normas complementarias y aclaratorias para la aplicación del Programa de fomento financiero para jóvenes emprendedores -dispuesto en el marco de la L. 25872-. La citada subsecretaría actuará como autoridad de aplicación del programa teniendo a su cargo el registro de potenciales beneficiarios del programa de fomento financiero.
FECHA DE NORMA: 30/09/2009 BOLETIN OFICIAL:08/10/2009 ORGANISMO: Min. Producción JURISDICCION: Nacional
LA MINISTRA DE PRODUCCIÓN
RESUELVE:
Art. 1 - Delégase en la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en los términos del artículo 22 del decreto 941 de fecha 22 de julio de 2009, la facultad para dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para aplicación del Programa de Fomento Financiero para Jóvenes Emprendedores, creado por el artículo 7 de la ley 25872.
En consecuencia, la mencionada Subsecretaría actuará como Autoridad de Aplicación del Programa de Fomento Financiero para Jóvenes Emprendedores, encontrándose facultada para ejercer las potestades otorgadas a la Autoridad de Aplicación por el mencionado decreto 941/2009.
Art. 2 - El Registro de Potenciales Beneficiarios del Programa de Fomento Financiero para Jóvenes Emprendedores creado por el artículo 2 del decreto 941/2009 funcionará en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, quien tendrá a su cargo la instrumentación y la determinación de los procesos y requisitos para la inscripción en el mismo de los potenciales beneficiarios del Programa de Fomento Financiero para Jóvenes Emprendedores, y las causales de exclusión.
Art. 3 - Determínase que la Unidad de Seguimiento y Control creada por el artículo 6 de la ley 25872 funcionará en el ámbito de la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal dependiente de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
Buenos Aires, 13 de octubre de 2009 |